Ordenanza Nº 1.452
VISTO: La Resolución Nº 068/24; y,
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 1.210 se dispone que el Concejo Deliberante debe refrendar los Certificados de Uso de Suelo extendidos por D.E.M. conforme Ordenanza Nº 1152;
Que de acuerdo a lo establecido y atento a la documentación elevada por el D.E.M. y el dictamen favorable de la Dirección de Medio Ambiente al otorgamiento de certificado de la firma DUBS WALTER FABIÁN, se procede a refrendar la misma mediante la presente.
Por ello
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO DE NOGOYÁ
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Refrendar el Certificado de Uso de Suelo extendido por el Departamento Ejecutivo Municipal a la firma DUBS, WALTER FABIÁN mediante Resolución Nº 068/24.-
Artículo 2º.- Disponer que la vigencia del mencionado certificado deberá computarse desde la fecha de la Resolución del D.E.M. por medio de la cual se otorga el Permiso de Uso de Suelo.-
Artículo 3º.- De forma.-
Nogoyá, sala de sesiones, 25 de septiembre de 2024.-
Aprobado por unanimidad, en general y particular.